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Medidas del Plan de Respuesta a la guerra de Ucrania que afectan a empresas y autónomos

El pasado martes 29 de marzo el Consejo de Ministros aprobó un Plan de Respuesta a la guerra de Ucrania, que moviliza una inversión de 16.000 millones de euros para ayudar a empresas y autónomos a paliar los efectos de la crisis derivados de la guerra.

El día 31 de marzo se publicaron las mismas en el BOE del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. Estas medidas buscan limitar los costes económicos y sociales de la distorsión de naturaleza geopolítica en el precio del gas, atajar de raíz el proceso inflacionista y facilitar la adaptación de la economía a esta situación de naturaleza temporal, reforzando al mismo tiempo las bases de la recuperación económica y de la creación de empleo de calidad.

Medidas que afectan a empresas y autónomos

1. Bonificación precio productos energéticos

Se rebaja 0,20 euros por litro de combustible repostado a las personas y entidades entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2022, ambos inclusive. De este descuento, 15 céntimos lo tiene que asumir Hacienda y los otros 5 céntimos lo asumen las petroleras con capacidad de refino en España.

Los titulares de los derechos de explotación de las instalaciones de suministro de combustible y los que realicen ventas directas a los consumidores finales podrán solicitar la devolución de las bonificaciones realizadas a la AEAT. Del mismo modo, podrán solicitar un anticipo a cuenta por el importe máximo de la bonificación, correspondiente al 90% del volumen medio mensual de los productos incluidos en el ámbito objetivo de esta bonificación.

2. Extensión de los plazos de vencimiento y de los avales ICO

Los sectores más afectados por el encarecimiento de los combustibles (agricultura, ganadería, pesca y transportes) podrán solicitar una ampliación de seis meses del plazo de carencia en la devolución de los créditos avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) durante la pandemia. Igualmente, el vencimiento de los préstamos blindados concedidos por la Covid 19, que rondan los 100.000 millones de euros, podrá ampliarse sin necesidad de que la facturación haya caído más del 30% en 2020 con respecto a 2019.

3. Nueva línea de avales ICO

Para cubrir las necesidades de liquidez provocadas por el aumento temporal del coste de la energía y los combustibles se ha aprobado una nueva línea de avales de créditos ICO por 10.000 millones de euros.

Esta nueva línea debe ser autorizada por la Comisión Europea, por lo que no podrá otorgarse ningún aval con cargo a la misma hasta que se haya producido esta autorización.

4. Ayudas al sector primario y a la industria gran consumidor de energía 

Se ha acordado conceder 362 millones de ayudas directas al sector de la agricultura y la ganadería y otros 68 millones para el sector pesquero. Del mismo modo, se han aprobado ayudas destinadas a socorrer a la industria gran consumidora de energía por un importe de 488 millones de euros.

– Reducción en la factura eléctrica del 80% del coste correspondiente a los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad.

– 125 millones de euros para ayudas directas a empresas gasintensivas.

– Concesión de las subvenciones para compensar los cargos de la factura eléctrica destinados a la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares.

5. Ayudas al sector del transporte 

Además de la ya comentada rebaja de 20 céntimos de euro por litro o kilo de combustible, se han acordado las siguientes medidas destinadas al sector del transporte:

– Se crea un nuevo fondo de 450 millones de euros en ayudas directas a las empresas de transporte de mercancías y de pasajeros, en función del tipo de vehículo (1.250 euros por camión, 900 euros por autobús, 500 euros por furgoneta y 300 euros por taxi, VTC o ambulancia).

– Se establece un crédito extraordinario para duplicar las cuantías destinadas a las ayudas al abandono de la profesión de transportista, que permitirá que un mayor número de autónomos de elevada edad pueda afrontar el abandono de la actividad con mayores recursos.

– Se reduce de tres a un mes el plazo de devolución del impuesto sobre hidrocarburos.

– Se asume el compromiso de aprobar una ley que permita a los transportistas trabajar con un precio justo. 

– Se permite el aplazamiento de las cuotas de la Seguridad Social cuyo devengo tenga lugar entre los meses de abril a julio de 2022, en el caso de empresas, y entre los meses de mayo a agosto de 2022, en el caso de trabajadores autónomos, siempre que se encuentren al corriente en sus obligaciones con al Seguridad Social y no tuvieran otro aplazamiento en vigor.

6. Limitaciones al despido objetivo

El alza de los precios de la energía no podrá ser causa de despido en las empresas que reciban ayudas. Y, en el caso de que el empleador que haya recibido alguna de las ayudas previstas en este real decreto-ley recurra a estos despidos tendrá que devolver todo lo recibido. Esto es:

  1. Las empresas beneficiarias de las ayudas directas no podrán justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos.
  2. Las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.

7. Limitaciones al alquiler

Se establece una limitación extraordinaria de la actualización anual del alquiler de la vivienda habitual, impidiendo subidas superiores al 2% de los contratos que se renueven entre el 1 de abril y el 30 de junio. Dicha limitación, vigente hasta el próximo 30 de junio, atiende a la necesidad de que la evolución del IPC por la guerra no se traslade al precio del alquiler. El tope será de obligado cumplimiento para los grandes tenedores (titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial) mientras que para el resto se aplicará cuando no haya acuerdo entre las partes.

Estas son las principales medidas del Plan de Respuesta a la guerra de Ucrania que afectarán a empresas y autónomos. Consulta más sobre el Plan de Respuesta a la guerra en el resumen completo del Consejo de Ministros aquí.

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