2026 será un año relevante en materia fiscal para pymes y autónomos. No estamos ante una reforma estructural del sistema tributario, pero sí ante un conjunto de medidas que combinan cierto alivio fiscal en determinados impuestos con un refuerzo significativo del control y la trazabilidad por parte de la Administración.
A continuación, resumimos de forma clara y ordenada los principales aspectos que conviene tener presentes.
Impuesto sobre Sociedades: reducción de tipos para pymes
La principal novedad en el Impuesto sobre Sociedades afecta a las entidades de reducida dimensión (cifra de negocios inferior a 10 millones de euros).
En 2026, el tipo aplicable a estas empresas será del 23%, frente al 25% que continúa vigente para las grandes compañías. Además, se consolida una senda de reducción progresiva que continuará en los próximos ejercicios.
En el caso de microempresas (facturación inferior a 1 millón de euros), el tipo será aún más reducido: 19% para los primeros 50.000 euros de base imponible y 21% para el resto.
En la práctica, esto supone:
Una menor carga fiscal efectiva sobre el beneficio.
La necesidad de revisar los pagos fraccionados para ajustarlos al nuevo tipo.
Una oportunidad para reforzar reservas o acometer inversiones con el ahorro fiscal generado.
Las empresas de nueva creación mantienen el tipo reducido del 15% durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva.
Incentivos a la inversión y sostenibilidad
Se prorrogan hasta finales de 2026 diversos incentivos vinculados a la transición energética y a la inversión productiva.
Entre los más relevantes:
Libertad de amortización para determinados vehículos eléctricos o de hidrógeno afectos a la actividad.
Libertad de amortización para infraestructuras de recarga eléctrica.
Deducciones en IRPF por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.
Deducción por adquisición de vehículos eléctricos.
Para muchas pymes, estas medidas pueden resultar estratégicas si están valorando renovar flotas, invertir en eficiencia energética o reducir costes operativos.
IVA: continuidad de regímenes y mayor exigencia en la gestión
En el ámbito del IVA, 2026 no incorpora cambios estructurales en los tipos impositivos, pero sí consolida medidas que impactan directamente en la gestión operativa de pymes y autónomos.
Se mantienen los límites actuales para continuar aplicando el régimen simplificado (módulos) y el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, lo que aporta estabilidad a quienes ya operan bajo estos sistemas.
En cuanto a los tipos, continúan vigentes el general (21%), el reducido (10%) y el superreducido (4%), así como determinadas rebajas temporales vinculadas al contexto económico. Entre ellas, la aplicación del 0% en alimentos básicos (pan, leche, huevos, frutas y verduras) y del 5% en aceites y pastas, al menos durante el primer trimestre de 2026, en función de la evolución de la inflación. Asimismo, se mantienen los tipos reducidos en suministros energéticos, con la electricidad y el gas natural al 5% mientras se prorrogue el paquete de medidas anticrisis.
Refuerzo del control tributario: más información para la Administración
Si hay una tendencia clara en 2026 es el aumento de la capacidad de control de la Administración.
A partir de enero de 2026, las entidades financieras deberán informar mensualmente a la Agencia Tributaria sobre:
Cobros realizados mediante tarjeta o sistemas de pago asociados (como Bizum) por empresarios y profesionales.
Información relevante sobre cuentas financieras.
Desaparece el antiguo umbral de 3.000 euros que eximía determinadas operaciones de comunicación. En la práctica, la Administración tendrá acceso prácticamente inmediato a los cobros electrónicos de los negocios.
Factura electrónica y sistemas de facturación
Aunque la obligatoriedad plena de los sistemas de facturación verificados (VeriFactu) se retrasa a 2027, 2026 debe considerarse un año de transición.
La digitalización de la facturación será obligatoria y exigirá:
Sistemas que garanticen integridad e inalterabilidad.
Trazabilidad de los registros.
Adaptación tecnológica de los programas de facturación.
Esperar al último momento puede generar tensiones operativas. Lo razonable es aprovechar 2026 para revisar el software actual, consultar con los proveedores tecnológicos y planificar la adaptación con tiempo.
Seguridad Social: ajuste del MEI
En 2026 aumenta el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), el recargo en cotizaciones sociales destinado a reforzar el sistema de pensiones, que pasa del 0,6% al 0,9% sobre la base de cotización.
El impacto individual es reducido, pero conviene tenerlo en cuenta en la planificación de costes laborales, especialmente en empresas con estructuras de personal más amplias.
Impuestos medioambientales y gravámenes extraordinarios
Se mantienen vigentes:
El impuesto sobre envases de plástico no reutilizables.
El impuesto sobre el depósito de residuos.
Los gravámenes temporales sobre banca y energéticas.
Aunque estos últimos no afectan directamente a la mayoría de pymes, pueden tener efectos indirectos en costes financieros o energéticos. Las empresas de sectores industriales o de distribución deben prestar especial atención al cumplimiento del impuesto sobre plásticos y a la correcta acreditación del material reciclado.
Cómo afrontar 2026 con criterio
Más que un año de grandes cambios normativos, 2026 es un ejercicio de ajuste y consolidación. La diferencia estará en cómo cada empresa integre estos movimientos en su planificación.
Algunas líneas de actuación razonables serían:
- Revisar el impacto real de la rebaja en el Impuesto sobre Sociedades en presupuestos y pagos fraccionados.
- Valorar si determinadas inversiones previstas pueden adelantarse para aprovechar los incentivos vigentes.
- Reforzar los circuitos internos de facturación, cobros y conciliación bancaria ante el aumento del control.
- Planificar con tiempo la adaptación tecnológica a la futura factura electrónica obligatoria.
2026 consolida una tendencia clara: apoyo selectivo a pymes, impulso a la sostenibilidad y fortalecimiento del control tributario. En este contexto, anticiparse y contar con una planificación fiscal rigurosa no es una opción, sino una ventaja competitiva.
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