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Impuesto sobre Sociedades 2024: novedades clave, plazos y recomendaciones para PYMES

A medida que nos acercamos al mes de julio, muchas empresas se preparan para cumplir con una de las obligaciones fiscales más relevantes del año: la declaración del Impuesto sobre Sociedades (IS). Para ayudar a las pequeñas y medianas empresas a afrontar esta campaña con garantías, resumimos en este artículo los principales aspectos a tener en cuenta: plazos, novedades normativas, deducciones aplicables y consejos prácticos. 

Plazos clave de la campaña 2024 

Para los contribuyentes cuyo período impositivo coincide con el año natural (la mayoría de las empresas), el plazo para presentar la declaración del IS (modelos 200 y 220) será del 1 al 25 de julio de 2025, ambos inclusive. Si se opta por la domiciliación del pago, deberá realizarse entre el 1 y el 20 de julio. 

Recuerda: la presentación es obligatoria, incluso si no se ha desarrollado actividad o no se han obtenido ingresos durante el ejercicio. 

Principales novedades normativas aplicables al ejercicio 2024 

  1. Libertad de amortización para inversiones verdes
    Se amplía la posibilidad de amortizar libremente las inversiones en instalaciones de autoconsumo energético (eléctrico o térmico) que utilicen fuentes renovables, siempre que sustituyan instalaciones con origen fósil. Esta medida, prevista inicialmente con amortización acelerada, ha sido modificada por el Real Decreto-ley 4/2024, otorgando mayor flexibilidad fiscal a este tipo de inversiones.
  2. Tipo mínimo del 15% para grandes grupos
    Las multinacionales y grandes grupos con ingresos iguales o superiores a 750 millones de euros deben aplicar, como mínimo, un tipo efectivo del 15% en el IS consolidado.
  3. Limitación a la deducibilidad de gastos financieros
    Se elimina la excepción que permitía a los fondos de titulización hipotecaria y de activos deducirse gastos financieros sin restricciones.
  4. Cambios en la deducción por donativos (Ley de Mecenazgo)
    Se incrementan los porcentajes de deducción: del 35% al 40% con carácter general, y hasta un 50% en caso de donaciones recurrentes. Además, el límite de deducción sobre la base imponible pasa del 10% al 15%.
  5. Reincorporación de medidas fiscales anuladas por el TC
    La Ley 7/2024 reintroduce con efectos desde el 1 de enero de 2024 algunas medidas del RDL 3/2016 que habían sido declaradas inconstitucionales. Afectan, entre otras, a la compensación de bases imponibles negativas y a la reversión de deteriorosde valores fiscalmente deducibles en periodos previos a 2013.
  6. Límite a la compensación de BIN individuales en grupos fiscales
    Se prorroga hasta 2025 el límite del 50% en la integración de bases imponibles negativas individuales dentro de los grupos fiscales, con excepciones para fundaciones.Las cantidades no computadas deberán integrarse por décimas partes en los períodos sucesivos iniciados a partir de 1-1- 2025 y 1-1-2026.

 

Recomendaciones fiscales para optimizar la liquidación 

Chequeo de ajustes fiscales
Revisa las diferencias entre contabilidad y normativa fiscal para evitar sorpresas en los ajustes extracontables, especialmente en ingresos y gastos con tratamiento distinto. 

Amortizaciones
Se permite la amortización libre de bienes nuevos de inmovilizado material con valor unitario inferior a 300€, hasta un máximo anual de 25.000€ y los elementos de inmovilizado material e intangible, excluidos edificios, afectos a I+D. 

Gastos no deducibles
Comprueba los gastos contables no deducibles fiscalmente o que tienen limitada su deducibilidad (retribución fondos propios, donativos y liberalidades, gastos financieros, etc.). Los gastos por atenciones a clientes o proveedores se limitan su deducción al 1% del importe neto de la cifra de negocios del propio periodo impositivo. Serán deducibles las retribuciones a los administradores por el desempeño de funciones de alta dirección, u otras funciones derivadas de un contrato de carácter laboral con la entidad. 

Reservas de capitalización y nivelación
Las entidades que tributan al tipo general pueden aplicar la reserva de capitalización, reduciendo su base imponible en un 10% del importe del incremento de sus fondos propios en la medida que este incremento se mantenga durante un plazo de 5 años y se dote una reserva por el importe de la reducción, debidamente separada e indisponible durante estos 5 años, excepto que tenga pérdidas contables.
Las empresas de reducida dimensiónpueden aplicar además la reserva de nivelación, reduciendo hasta un 10% de su base imponible con un máximo de 1 millón de euros. 

Compensación de bases imponibles negativas (BIN)

Aunque ha desaparecido el límite temporal, persisten restricciones según el tamaño de la empresa: 

Hasta 1 millón de euros: compensación libre. A partir de esa cantidad,el 70% de la base imponible previa a la aplicación de la reserva de capitalización. 

Entre 20 y 60 millones de INCN: límite del 50%. 

Más de 60 millones: límite del 25%. 

Deducciones por actividades incentivadas

Verifica si puedes aplicar deducciones por I+D+i, creación de empleo, espectáculos en vivo o producciones audiovisuales. El límite general es del 25%, ampliable al 50% si los gastos en I+D superan el 10% de la cuota íntegra. 

La campaña del Impuesto sobre Sociedades es una oportunidad para revisar la situación fiscal de la empresa, aplicar incentivos disponibles y asegurar el cumplimiento normativo con rigor. Las novedades introducidas para el ejercicio 2024, especialmente en materia de amortización, deducciones y compensación de BIN, requieren un análisis detallado y personalizado. 

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