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Líneas de financiación CDTI para empresas de bases tecnológicas

En publicaciones anteriores explicábamos las principales herramientas de financiación pública para proyectos de I+D+i, esta vez os presentamos una de las líneas estrella de CDTI que va dirigida a pequeñas empresas de base tecnológicas, las ayudas NEOTEC. A continuación, os explicamos en detalle todas las características de esta interesante línea:

 

¿En qué consiste la línea de NEOTEC y cuál es su objetivo?

NEOTEC es una ayuda a fondo perdido y de concurrencia competitiva que tiene como objetivo financiar la creación de empresas de base tecnológica con vocación de crecimiento, contribuyendo al emprendimiento y acelerando la transferencia de conocimiento desde organismos de investigación públicos y universidades. Para reforzar la capacidad de generación y absorción de conocimiento en las empresas NEOTEC, en esta convocatoria se prima con una mayor intensidad de ayuda a aquellas propuestas que incluyan la contratación de personas con grado de doctor a tiempo completo y de forma indefinida. NEOTEC se encuentra incluida entre las actuaciones previstas en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que recibirá la financiación de los fondos “Next Generation EU”, entre ellos el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido mediante Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.

Por otra parte, y en línea con los principios transversales recogidos en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en materia de igualdad de oportunidades y de género (expositivo 28 y campos de intervención 105 y 115 del Anexo VI del Reglamento UE 2021/241), y con los principios rectores del PEICTI para garantizar la aplicación del principio de igualdad real entre mujeres y hombres en la I+D+I, este año la convocatoria reforzará el apoyo a proyectos empresariales liderados por mujeres, ya que éstas se encuentran, todavía, lejos de los niveles de igualdad deseados, especialmente en el ámbito de la creación de nuevas empresas. Según datos del último Global Entrepreneurship Monitor en España (2019-2020) se observa que es menor el número de mujeres que se deciden a crear su propia empresa y acaban haciéndolo, y que además encuentran más dificultades en la puesta en marcha.

Por tanto, para fomentar la igualdad en el emprendimiento en empresas de base tecnológica, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y con lo dispuesto en el artículo 4 ter apartado 2.c), de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que estipula que los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia y Tecnología pondrán en marcha programas de fomento del emprendimiento innovador de las mujeres, a través de la financiación de proyectos empresariales basados en el conocimiento con equipos promotores o directivos compuestos mayoritariamente por mujeres, parece adecuado adoptar una acción positiva que fomente las iniciativas lideradas por mujeres en este ámbito.

El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 40.000.000 de euros, dentro del presupuesto disponible, se reservará un importe mínimo de 5.000.000 euros para empresas lideradas por mujeres.

En línea general, las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.

 

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Pueden concurrir a la convocatoria las pequeñas empresas innovadoras a fin de apoyar el arranque y consolidación de Empresas de Base Tecnológica. Las empresas tienen que tener el siguiente perfil:

  • Antigüedad de entre 6 meses y 3 años, a contar desde su constitución hasta la fecha de cierre de presentación de solicitudes.
  • Debe tener un capital social mínimo de 20.000 € antes de la presentación de la solicitud. Aportación dineraria y reservas.
  • Empresa de Base Tecnológica: es decir, una empresa centrada en la explotación de productos o servicios que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de una actividad investigadora internalizada.
  • Domicilio fiscal en España.
  • No debe estar cotizada en bolsa.
  • No debe haber distribuido beneficios.
  • No haberse hecho cargo de la actividad de otra empresa ni haber surgido de una operación de concentración, según definición del artículo 7 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. No obstante, las empresas formadas mediante concentración de empresas que a su vez cumplan los requisitos para optar a las ayudas, también se considerarán empresas subvencionables hasta un máximo de 3 años a partir de la fecha de la inscripción registral de la constitución de la empresa más antigua que participe en la concentración.
  • Debe tener las Cuentas Anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o el registro oficial correspondiente.

 

¿Cuál es el presupuesto mínimo y qué gastos puedo incluir?

El presupuesto mínimo financiable del proyecto ha de ser de 175.000€. Los costes susceptibles de financiación son:

  1. Inversiones en equipos.
  2. Gastos de personal. Se recogerán los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente. Podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral como de personal autónomo socio de la empresa, incluidas las nuevas contrataciones de doctores.
  3. Colaboraciones externas / asesoría.
  4. Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y otros gastos derivados, así como gastos de promoción y difusión y gastos de formación.
  5. Gastos de auditoría del proyecto.

Los gastos imputados al proyecto deberán ejecutarse a lo largo del 2023 y con finalización en diciembre del 2024.

 

¿Cómo es la ayuda de CDTI?

Se trata de subvenciones a fondo perdido hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.

Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.

También cabe la posibilidad de acceder a un curso en el «Enterprise Innovation Institute» de la Universidad de Georgia (Atlanta, EEUU) para reforzar la capacitación de la empresa. La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que soliciten esta formación, y cumplan los requisitos.

 

¿Cuándo se recibe la ayuda?

Tras dictarse la resolución de concesión definitiva, el beneficiario podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 150.000 euros. 

 

¿Existen garantías?

El beneficiario no deberá constituir garantía alguna.

 

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 28 de febrero y finalizará el día 20 de abril de 2023, a las 12:00 horas del mediodía.

 

¿Cuáles son las ventajas de financiar un proyecto de innovación mediante el CDTI?

  • Disponibilidad del 60% de la ayuda a la concesión, no teniendo que esperar a la ejecución total para recibir la ayuda al completo.
  • Posibilidad de incluir un abanico amplio de gastos relativos a la empresa.
  • Compatible con otras ayudas.
  • Apoya proyectos punteros que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología, y cuya tecnología se encuentre prácticamente en el mercado.
  • No tiene efecto incentivador.
  • Fomenta la contratación de doctores.

 

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